Servicios de Mediación
En el día a día, las personas no dejamos de relacionarnos. En esas relaciones pueden surgir problemas o diferencias de todo tipo, tales como incumplimientos contractuales, conflictos con una herencia, con nuestros vecinos, casos de propiedades de bienes inmuebles en un contrato de alquiler, en el ámbito familiar, con las diferencias intergeneracionales…
La Mediación nos ofrece la posibilidad de crear un espacio de diálogo para solucionar estas cuestiones en las que dos o más partes pueden alcanzar un acuerdo sin necesidad de acudir a los Juzgados y en un corto espacio de tiempo.
La Mediación como método de resolución de conflictos
La Mediación, incluida dentro de la categoría de los MASC (Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos), se define como el procedimiento extrajudicial de resolución de controversias basado en la autonomía de la voluntad de las partes en el que interviene un tercero denominado mediador o mediadora, que ayuda a las partes a identificar su diferencia y sirve de nexo para intentar resolverla, sin necesidad de acudir a la vía judicial, creando un espacio de dialogo en el cual serán las propias partes del la controversia quienes llegarán a los acuerdos con valor legal.
La Mediación actualmente se incluye en el Proyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia de 22 de abril de 2022, y en este proyecto ya se incluyen los MASC, entre ellos la Mediación, con una incidencia esencial antes de interponer determinador procedimiento judiciales.
La mediación se basa en los siguientes principios:
Voluntariedad
Neutralidad
Confidencialidad
¿Necesitas solucionar algún problema? ¿Necesitas mediación?

¿Por qué acudir a la Mediación para la resolución de conflitcos?
La Mediación presenta las siguientes ventajas frente a la vía judicial:
- Es un procedimiento flexible y totalmente confidencial.
- Es un procedimiento más rápido y económico que la vía judicial tradicional.
- En caso de llegar a un acuerdo, el mismo tiene valor entre las partes equivalente a una sentencia judicial.
- En caso de no haber acuerdo, se puede acudir igualmente a la vía judicial.
- Reconocida por España y la UE como método de resolución de conflictos.
- Mejora la comunicación entre las partes.
Los servicios que prestamos
Los mediadores son profesionales con la formación requerida para actuar como mediador de controversias, de acuerdo con los requisitos de capacidad que recoge la Ley 5/2012 de 6 de Julio de mediación en asuntos civiles y mercantiles y el Real Decreto 980/2013 de 13 de diciembre por el que se desarrollan diverso aspectos de la Ley 5/2012.
En S2 Asesores contamos con formación y experiencia en técnicas de negociación y búsqueda de acuerdos consensuados. Con años de experiencia en el sector, y en la intervención de mediaciones podemos asegurar que hemos intervenido en casos como el tuyo.
Las soluciones que ofrecemos son personalizadas, ya que las partes deciden sobre su conflicto y tienen el control en todo momento de la duración del proceso de la mediación.
Divorcios.
Medidas paternofiliales.
Liquidación de regímenes económicos.
Obligaciones del ejercicio de la patria potestad.
La vida de las Comunidades de propietarios puede verse alterada por conflictos o discrepancias con el uso de los elementos comunes que en el ámbito de la mediación pueden resolverse sin necesidad de que las partes finalicen su relación.
Problemas de ruidos, actividades en las zonas comunes.
Uso de elementos privados que afectan a otros comuneros (como garajes, trasteros, etc).
Cumplimiento de normas de régimen interno de la Comunidad de Propiertarios.
Arrendamientos Urbanos.
Herencias y testamentos.
Contratos.
Cumplimiento de obligaciones económicas.
Mediaciones Hipotecarias.
Desacuerdos entre empresario y trabajadores en materias.
Vacaciones.
Reducción de jornada laboral.
Horarios laborales.
